La Circular 1/2022, de 10 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, relativa a la publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión, publicada en el «BOE» núm. 14, de 17 de enero de 2022, páginas 4106 a 4116 (11 págs.), estando disponible en el enlace https://www.boe.es/eli/es/cir/2022/01/10/1, dispone de manera clara y concisa en su artículo 5, inciso 2, lo siguiente (s.i.c.):
<<Todas las comunicaciones comerciales incluirán información sobre los riesgos del producto que publicitan, en concreto:
a) Se incluirán en la comunicación comercial, con formato y posición que garantice su relevancia dentro de la pieza publicitaria no debiendo incluirse como información secundaria o en notas a pie de página, el siguiente mensaje de advertencia: «La inversión en criptoactivos no está regulada, puede no ser adecuada para inversores minoristas y perderse la totalidad del importe invertido».
b) Se incluirá un enlace o indicación a la ubicación de la información adicional, de acuerdo con lo establecido en el punto 8 del anexo I, que incluya, al menos, referencia a la información y los riesgos identificados en el anexo II, cuando le resulten de aplicación al producto publicitado. El enlace se identificará con el siguiente texto: «Es importante leer y comprender los riesgos de esta inversión que se explican detalladamente en esta ubicación».
Cuando el medio utilizado sólo permita una indicación, se hará referencia al sitio en el que se puede encontrar información sobre los riesgos y a la importancia de leer esa información>>.
A lo anteriores efectos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el precepto legal reseñado “ut supra”, antes de invertir en cualquier género de criptoactivos debe usted conocer lo siguiente:
Las criptodivisas o criptoactivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 apartado 2) del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados de criptoactivos,y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, como “una representación digital de valor o derechos que puede
transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registro descentralizado o una tecnología similar”.
En el contexto relativo al mercado de criptoactivos, el día 9 de febrero de 2021, fue publicado un comunicado conjunto de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y del Banco de España sobre el riesgo de las criptomonedas como inversión. En dicho comunicado los dos entes arriba referenciados hicieron hincapié en el riesgo de este tipo de inversiones debido, entre otros factores, a su extrema volatilidad, complejidad y falta de transparencia que las convierten en una apuesta de alto riesgo.
Además de lo anteriormente expuesto, debe usted conocer adicionalmente los siguientes extremos:
Los criptoactivos, incluyendo las criptomonedas, tokens no fungibles (NFT), y la tecnología que les da soporte, pueden ser elementos que dinamicen y modernicen el sistema financiero en los próximos años, pero para valorar su validez como alternativa de inversión o su uso como medio de pago es preciso también tener muy presentes los siguientes aspectos y riesgos:
Riesgos desde el punto de vista del ámbito regulatorio:
No existe todavía en la Unión Europea un marco que regule los criptoactivos como el Bitcoin, y que proporcione garantías y protección similares a las aplicables a los productos financieros. Actualmente, se está negociando a nivel europeo un Reglamento (conocido como MICA) que tiene como objetivo establecer un marco normativo para la emisión de criptoactivos y los proveedores de servicios sobre estos.
Desde el punto de vista legal, las criptomonedas:
§ no tienen la consideración de medio de pago
§ no cuentan con el respaldo de un banco central u otras autoridades públicas
§ no están cubiertas por mecanismos de protección al cliente como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.
Las inversiones en criptoactivos son operaciones de alto riesgo:
Se estima que hay más de 7.000 criptomonedas en el mercado con características similares a las del Bitcoin. Se trata de instrumentos complejos, que pueden no ser adecuados para pequeños ahorradores, y cuyo precio conlleva un alto componente especulativo que puede suponer incluso la pérdida total de la inversión.
Adicionalmente, existen productos derivados apalancados vinculados a criptomonedas que permiten invertir indirectamente en estos, lo que incrementa aún más su complejidad y la posibilidad de sufrir pérdidas superiores a la inversión inicial, por lo que requieren de un gran conocimiento y experiencia.
Riesgos derivados de la formación de precios de las criptodivisas y criptoactivos y de su liquidez:
Los precios de las criptomonedas se forman en ausencia de mecanismos eficaces que impidan su manipulación, como los presentes en los mercados regulados de valores. En muchas ocasiones los precios se forman también sin información pública que los respalde.
En relación con los riegos derivados de la iliquidez, resulta preciso hacer notar que muchas de las criptomonedas pueden verse carentes de la liquidez necesaria para poder deshacer una inversión sin sufrir pérdidas significativas, especialmente porque su circulación entre inversores, tanto minoristas como profesionales, es muy limitada.
Uso como medio de pago:
Pese a que existen desde hace más de una década, la aceptación de las criptomonedas como medio de pago es aún muy limitada, lo que contrasta con otros muchos desarrollos digitales que han tenido una aceptación generalizada en mucho menos tiempo. Es necesario recordar que no existe obligación de aceptar Bitcoin o cualquier otro criptoactivo como medio de pago de deudas u otras obligaciones. El futuro Reglamento de MICA no prevé que esto vaya a cambiar.
Además, dada su elevada volatilidad, las criptomonedas no cumplen adecuadamente las funciones de unidad de cuenta y depósito de valor.
Riesgos derivados del carácter transfronterizo del fenómeno cripto:
En muchas ocasiones, los distintos actores implicados en la emisión, custodia y comercialización de criptoactivos no se encuentran localizados en España o, en algunos casos, incluso, no es posible su localización, por lo que la resolución de cualquier conflicto podría resultar costosa y quedar fuera del ámbito de competencia de las autoridades españolas.
Riesgos de robo, estafa o pérdida:
La tecnología de registros distribuidos utilizada para la emisión de las criptomonedas conlleva riesgos específicos. Su custodia no está regulada ni supervisada. La pérdida o robo de las claves privadas puede suponer la pérdida de las criptomonedas, sin posibilidad de recuperarlas. Este riesgo debe ser valorado antes de adquirir estos activos, tanto si se gestiona personalmente el monedero, como si su custodia se deja en manos de terceros.
En definitiva, los criptoactivos tienen una presencia cada vez mayor en el sistema financiero, y si bien su desarrollo en el mercado español presenta importantes oportunidades, también supone retos en al ámbito de la protección de los inversores, puesto que actualmente no existe una regulación completa al respecto que responda adecuadamente a los riesgos que pueden traer aparejados estos activos.
Las revalorizaciones de algunos criptoactivos han aumentado su atractivo como inversión, que se ha venido intensificando por las numerosas campañas publicitarias que han podido incitar a inversores minoritarios a invertir en estos nuevos activos sin disponer de información suficiente sobre su naturaleza y los riesgos que conllevan. Por ello, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Banco de España publicaron el 9 de febrero de 2021 un comunicado conjunto, que se suma a otro de 2018, en el que alertaban sobre los riesgos que este nuevo tipo de activos suponen para los participantes del sistema financiero y, muy en particular, para los pequeños inversores. El comunicado incidía en la complejidad, la volatilidad y la potencial falta de liquidez de estas inversiones.
Todos y cada uno de estos riesgos que se acaban de describir, deben ser estudiados, evaluados y tenidos en cuenta por usted con carácter previo a realizar cualquier inversión en criptodivisas y criptoactivos.